
La Cámara Electoral ratificó los “aportantes falsos” de Vidal
Jose Ferras
La Cámara Nacional Electoral ha confirmado la resolución del juez federal Alejo Ramos Padilla, quien había rechazado los informes finales de recursos y gastos de la campaña electoral llevada a cabo por Cambiemos (ahora conocido como Juntos por el Cambio) en la provincia de Buenos Aires para las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO) de 2017, durante la gobernación de María Eugenia Vidal.
En un fallo al que Primicia 24 tuvo acceso, el tribunal electoral máximo ha respaldado la sentencia del juez, que había sido apelada por Juntos por el Cambio y ha ordenado "llevar a cabo las actuaciones necesarias para determinar las posibles responsabilidades personales según el procedimiento establecido en los artículos 146 y siguientes del Código Electoral Nacional". Además, la Cámara Nacional Electoral ha ratificado la necesidad de "sancionar con la pérdida de aportes públicos extraordinarios para la campaña que hubieran correspondido a los partidos como integrantes de la alianza" y ha dispuesto la investigación de los presuntos responsables de las "numerosas irregularidades" detectadas.
La Cámara dictaminó al resolver los recursos presentados por la alianza Cambiemos, que los apelantes no presentaron argumentos suficientes para refutar las razones en las que el a quo basó su resolución. Se llevaron a cabo medidas conducentes para investigar las irregularidades detectadas, y los defectos señalados siguen sin resolverse, impidiendo conocer el origen y destino de los fondos de campaña.
La investigación del juez Alejo Ramos Padilla
En febrero de 2022, Ramos Padilla desaprobó los gastos de campaña electoral de Vidal y sancionó con multas a los partidos que conformaron la alianza Cambemos, incluyendo al PRO, la UCR, la Coalición Cívica y otros partidos, por un total de $3,246,965, $990,599 y $34,395 respectivamente. La investigación judicial se centra en determinar si el gobierno de Vidal inscribió a cientos de beneficiarios de subsidios sociales como supuestos aportantes a la campaña electoral que Cambiemos realizó en la provincia de Buenos Aires. El caso salió a la luz en 2018, cuando se reveló que personas de bajos ingresos que recibían planes sociales figuraban como donantes de fondos de la campaña para la coalición gobernante en ese momento.
En su fallo, Ramos Padilla afirmó que el cuerpo de auditores contadores de la Cámara Nacional Electoral (CNE) encontró discrepancias entre la información proporcionada por Cambiemos sobre los ingresos públicos de la campaña y la información aportada por la Dirección Nacional Electoral. El magistrado también señaló que según los peritajes, el 95% de los aportes privados se hicieron en efectivo y que cuando se cruzaron los datos de los supuestos donantes con el Registro Nacional de Electores, los números de identificación no coincidían. Además, la auditoría comparó los datos con la base de monotributistas de AFIP y encontró un listado de 179 aportantes cuyas contribuciones superaban el 30% de sus facturaciones mensuales. Se descubrió que 40 aportantes podrían estar incumpliendo las prohibiciones establecidas por la normativa vigente, ya que estarían vinculados con empresas concesionarias o contratistas de servicios u obras públicas o proveedores de la Nación o la provincia, o bien superando los topes establecidos.
También se encontraron 209 personas que habían realizado considerables donaciones de dinero pero que percibían algún plan o beneficio de Anses. Además, se graficó que había aportantes que presuntamente donaron 20 mil pesos, pero percibían el Programa Hogar (para la compra de garrafas sociales), o aportaron 17 mil pesos y cobraban la Asignación Universal por Hijo (AUH). La Justicia Electoral también tuvo en cuenta que muchas personas declaradas en el informe de Cambiemos rechazan haber realizado el aporte informado. Por otra parte, se cuestionó que la coalición no haya informado sobre los honorarios de asesores como Jaime Durán Barba, quien según fuentes periodísticas cobra entre 300 y 400 mil dólares por campaña.


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