El Gobierno definió cómo calcular la cuota de las prepagas en mayo
Las empresas podrán cobrar un aumento máximo del 114,6% en relación con lo pagado en diciembre de 2023. Ese porcentaje está explicado por la inflación acumulada entre noviembre y marzo
El Gobierno tomó una medida decisiva en relación con los precios de las empresas de medicina prepaga, anunciando restricciones significativas para los aumentos que estas pueden aplicar. Según lo anunciado por la Secretaría de Comercio, las empresas alcanzadas por la medida de retroceso de precios podrán aplicar un aumento máximo del 114,6% en mayo, en comparación con el valor cobrado a los clientes en diciembre pasado.
La medida, enmarcada en una tutela anticipada, establece que el valor de referencia para los aumentos máximos será la cuota de diciembre de 2023, independientemente de la fecha de pago o facturación. Según un comunicado oficial, "estos valores no podrán superar la cuota del plan de salud médico asistencial del mes de diciembre de 2023 multiplicada por la variación porcentual entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) nivel general con cobertura nacional elaborado por el Indec vigente al momento de la facturación correspondiente, y el mismo índice correspondiente a diciembre de 2023".
Cómo se calculará la cuota actual de mayo
Para calcular el valor máximo de la cuota actual, se aplicará un ajuste máximo del 93,3% para abril y del 114,6% para mayo, en relación con la inflación acumulada entre los meses de noviembre a febrero y noviembre a marzo respectivamente. Este incremento se aplicará al importe pagado en diciembre.
En este marco, Caputo adelantó que el jueves “vamos a aclarar la fórmula” de incrementos, “así no quedan dudas”. “Vamos a abrir un canal para denuncias para las facturas que no se condicen con lo reglamentado y acordado”, informó y agregó: “Además, se aplicará una multa (un porcentaje de la facturación anual, muy grande) en caso de incumplimiento”.
Caputo subrayó que la medida se aplica a todas las empresas alcanzadas por la medida de tutela anticipada, sin discriminación entre usuarios individuales, corporativa y derivada. Entre las empresas afectadas se encuentran OSDE, Swiss Medical, Galeno, Omint, Medifé, Hospital Alemán y Hospital Británico.
En caso de incumplimiento, se aplicará una multa diaria equivalente al 0,1% de la facturación del grupo económico, según lo establecido en la Ley 27.442 (Ley de Defensa de la Competencia).
Esta medida, destinada a proteger a los consumidores de aumentos excesivos en los servicios de salud, estará vigente durante los próximos 5 meses, hasta septiembre.
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