AFIP: cómo será la devolución del impuesto a las ganancias
La AFIP ha elevado los montos de la escala progresiva y ha ordenado la restitución de los montos retenidos a cuenta de la segunda parte del aguinaldo. Esto ocurrió tras aumentar el mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias a partir de octubre, estableciéndolo en 15 salarios mínimos, vitales y móviles, que en la actualidad equivale a $1.770.000. La Resolución General 5417/2023, que se hizo pública en el Boletín Oficial hoy, complementa lo establecido en el Decreto 473/2023 del miércoles pasado.Este decreto había especificado que el nuevo umbral mínimo no imponible deberá ser considerado al calcular la segunda cuota del Sueldo Anual Complementario (SAC).
La resolución de hoy establece que si en los meses transcurridos durante el segundo semestre de este año el promedio de remuneración no ha superado el equivalente a 15 salarios mínimos, vitales y móviles - al valor vigente para el próximo 1 de octubre - la AFIP deberá reembolsar las cantidades retenidas a cuenta de la segunda cuota del SAC, junto con los haberes correspondientes a septiembre.
Esta devolución se reflejará en los recibos de haberes bajo el concepto "Devolución Decreto N° 473/23".
Además, la AFIP ha actualizado los montos de la escala progresiva de Ganancias. A partir de $1.400.000, se aplicará un 9% sobre el excedente; 12% a partir de $1.526.000; 15% desde $1.648.080; 19% desde $1.763.445,60; 23% desde $1.869.252,34; 27% desde $1.962.714,95; 31% desde $2.041.223,55; y 35% desde $2.102.460,26.
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